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¿QUÉ ES ASOSEVILLA?

¿QUÉ ES UN DISTRITO DE ADECUACIÓN DE TIERRAS?

DISTRITO DE ADECUACIÓN DE TIERRAS CONCEPTO. La delimitación del área de influencia de obras de infraestructura destinadas a dotar un área determinada con riego, drenaje o protección contra inundaciones; para los fines de gestión y manejo, se organizará en unidades de explotación agropecuaria bajo el nombre de Distritos de Adecuación de Tierras.

¿QUIÉN SE CONSIDERA USUARIO DEL DISTRITO DE ADECUACIÓN DE TIERRA?

USUARIOS DEL DISTRITO. Es usuario de un Distrito de Adecuación de Tierras toda persona natural o jurídica que explote en calidad de dueño, tenedor o poseedor, acreditado con justo título, un predio en el área de dicho Distrito. En tal virtud, debe someterse a las normas legales o reglamentarias que regulen la utilización de los servicios, el manejo y conservación de las obras y la protección y defensa de los recursos naturales.

¿OBJETO DEL DISTRITO DE ADECUACIÓN DE TIERRA DE SEVILLA?

 LA ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL DISTRITO DE DECUACIÓN DE TIERRAS DE SEVILLA, cuya sigla es ASOSEVILLA, tiene como objeto la administración, operación, conservación, rehabilitación de las obras que conforman el distrito de adecuación de tierras de Sevilla, además promover el desarrollo integral del Distrito de Adecuación de Tierras de Sevilla de conformidad al artículo 22 de la Ley 41 de 1993, mediante la implementación, gestión y fortalecimiento de actividades de carácter técnico, social, ambiental, económico y rural dentro de su jurisdicción, a través de los siguientes fines:

1. Técnico

Mediante la administración eficiente de los recursos hídricos, la mecanización de los suelos de las unidades productivas o tierras, la prestación de asistencia técnica agropecuaria, la adopción de buenas prácticas agrícolas, y la transferencia de tecnologías apropiadas para una producción rural sostenible.

2. Científico

A través del fomento de la investigación participativa, la innovación en procesos agrícolas y ambientales, la articulación con entidades académicas y centros de desarrollo tecnológico, así como la formación continua en temas científicos aplicados al agro.

3. Cultural

Promoviendo la recuperación, protección y difusión de los saberes campesinos, la identidad cultural del territorio, la educación rural, y la inclusión activa de jóvenes, mujeres y comunidades étnicas en procesos de liderazgo y participación rural.

4. Ambiental

Orientado a la protección, conservación, recuperación y uso sostenible de los recursos naturales del distrito de riego y su área de influencia, en articulación con políticas de gestión ambiental y de adaptación al cambio climático.

5. Social

La asociación tendrá como uno de sus fines la protección, asistencia y promoción de los derechos de los pequeños productores de banano y sus familias, en especial aquellos pertenecientes a poblaciones con especial protección constitucional, incluyendo comunidades rurales, minorías étnicas, mujeres campesinas, personas en situación de vulnerabilidad, exclusión o discriminación. Se promoverán acciones orientadas al desarrollo integral, la equidad, el acceso a oportunidades productivas, y la mejora de sus condiciones de vida y trabajo en el sector agropecuario.

6. ODS

La Asociación contribuirá al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible promovidos por la Organización de las Naciones Unidas, mediante el impulso al crecimiento económico sostenible del sector agropecuario, a través del fortalecimiento de la productividad, la innovación tecnológica y el fomento del espíritu empresarial en las comunidades rurales. Así mismo, impulsará políticas y prácticas orientadas a la generación de empleo digno y productivo, la erradicación del trabajo forzoso, la esclavitud y el tráfico de personas, garantizando condiciones laborales justas y equitativas para hombres y mujeres.

7. Eficiencia económica

La Asociación podrá acogerse al Régimen Tributario mas adecuado para entidades sin ánimo de lucro, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y demás normas vigentes.

Resultados